Características
El seguro de caución es un contrato de garantía que otorga la Compañía de Seguros para cubrir las pérdidas producidas por el incumplimiento de obligaciones del Tomador del seguro, frente al acreedor de esas obligaciones, quien es el Asegurado. Es decir que, los seguros de caución sirven para el resarcimiento al Asegurado en caso que el Tomador no cumpla el compromiso asumido en el contrato. Ello implica la existencia de un contrato o una obligación legal de donde surgen las obligaciones a cargo del Tomador que deban ser garantizadas y los derechos del acreedor interesado en que se le garanticen.
Coberturas
Garantías Aduaneras
Garantías Contractuales
Garantías Judiciales
Garantías Judiciales
Garantías de Alquileres
Garantías de Tenencia
Garantías de Concesión
Garantías Impositivas
Seguro de Caución para alquileres
Detalles de coberturas
PLAZO TOTAL DEL CONTRATO DE ALQUILER
ALQUILERES IMPAGOS
Por el período de vigencia establecido en el contrato de locación y las multas pactadas en el mismo, con las limitaciones especificadas.
SUSTITUCIÓN DEL DEPÓSITO
En garantía exigida por el asegurado al tomador, según lo establecido en el contrato de locación.
MONTO IMPAGO DE EXPENSAS
Comunes ordinarias (siempre que estuvieran a cargo del tomador) por el período de vigencia establecido en el contrato de alquiler.
MONTO IMPAGO DE IMPUESTOS
Tasas y servicios de energía eléctrica, gas y agua corriente (siempre que estuvieran a cargo del tomador) por el período de vigencia establecido en el contrato de alquiler.
MONTO POR OCUPACIÓN INDEBIDA
Pago que pudiera corresponder por la ocupación indebida del inmueble por parte del tomador con posterioridad al vencimiento del período de vigencia establecido en el contrato de alquiler y hasta la efectiva desocupación del mismo.
Requisitos
Ingresos
- El inquilno debe tener un ingreso neto mensual mayor a 2 alquileres y contar con un avalista por la suma de un alquiler más.
- Si los ingresos del inquilino triplican el valor del alquiler no se requiere incluir avalistas.
Antigüedad mínima laboral
- Trabajador en relación de dependencia, 6 meses comprobables de antigüedad laboral y 3 últimos recibos de sueldo.
- Trabajador monotributista, 12 meses de antigüedad laboral y facturación de últimos 3 meses.
- Trabajador autónomo, 12 meses de antigüedad laboral y facturación de últimos 3 meses.
- Jubilado o pensionado, sin antigüedad requerida. Se solicita último recibo de jubilación.
La aprobación de la solicitud está sujeta a análisis de riesgo crediticio y a la aprobación de la compañía.